Panamá funciona como una democracia representativa presidencial donde el poder se divide entre los poderes ejecutivo, legislativo y judicial bajo un modelo clásico de separación de poderes, en lugar de un sistema parlamentario. El presidente no rinde cuentas ante el legislativo para permanecer en el cargo y el ejecutivo no puede disolver la Asamblea Nacional, lo que le da a cada rama un ámbito de autoridad definido y mayormente independiente.
El presidente es elegido mediante voto popular directo para un único periodo de cinco años y no puede buscar la reelección inmediata; además, se eligen dos vicepresidentes en la misma planilla. Como jefe de Estado, el presidente representa a Panamá a nivel internacional y supervisa las fuerzas de seguridad del país; como jefe de gobierno, establece la política interna y nombra a un gabinete de ministros para dirigir los departamentos ejecutivos. La autoridad legislativa recae en la Asamblea Nacional unicameral, compuesta actualmente por 71 diputados que cumplen periodos de cinco años, elegidos mediante una combinación de distritos uninominales y plurinominales según la población de cada provincia. La Asamblea aprueba leyes, el presupuesto nacional, ratifica tratados internacionales y puede citar a los ministros del gobierno para que respondan preguntas.
El poder judicial reside en la Corte Suprema de Justicia y en un sistema de tribunales subordinados, los cuales interpretan la ley panameña de forma independiente a las otras dos ramas. Esta estructura se ha mantenido bastante estable desde el restablecimiento de la gobernanza democrática en 1989.
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